Muchas veces, cuando los periodistas,
que, por lo general, no suelen tener ni idea de Historia, se ponen a hablar de
información parlamentaria, suelen referirse a nuestra vigente Constitución de
1978, como nuestra “Carta Magna”.

El problema de desconocer nuestra
Historia es que hacemos caso de lo que nos viene de fuera, porque no conocemos
el pasado de nuestro país.
Hoy en día, con este invento de
las comunidades autónomas, es algo muy normal. Las diversas administraciones
autonómicas compiten por ofrecer una enseñanza de la Historia lo más centrada
posible en su pequeña o gran comunidad, olvidándose de que siempre convivieron
con las demás.
Creo que eso lo pagarán muy caro
las próximas generaciones y deberían un día de pedir responsabilidades a los
que han organizado de esa manera la “educación” que les están ofreciendo ahora.

Gozó de una cierta personalidad
hasta que se unió con el de Castilla, lo cual hizo en dos ocasiones, y a partir
de la segunda parece que se fue difuminando dentro del reino castellano.
Las Cortes de León eran el
parlamento del reino. Las más antiguas que se conocen son las de 1020, reinando
Alfonso V de León, que fueron organizadas a la manera de los antiguos Concilios
de Toledo.

Creo que eso ya lo comenté en
otro de mis anteriores artículos, que hablaba sobre el reinado de Sancho III el
Mayor.
Así a Sancho le tocó Castilla, Alfonso
heredó León, García tuvo a Galicia, Elvira heredó Toro y Urraca, Zamora. A causa
de este lamentable reparto surgió un gran problema sucesorio y una guerra entre
hermanos, que se narra ampliamente en el Cantar del Mío Cid.

Sin embargo, las más importantes
de todas fueron las celebradas en 1188. No en sí por lo debatido en ellas, que
también fue importante, sino, porque fue la primera vez en toda Europa en que
se reunieron los 3 estamentos del Antiguo Régimen: el clero, la nobleza y los representantes
de las ciudades. Se le considera el primer ejemplo de parlamentarismo moderno
en Europa Occidental.
De hecho, en 2013, la propia
UNESCO, reconoció a León como cuna del

También se tienen noticias de
otras Cortes en León, concretamente, en 1208, y bajo el mismo rey, Alfonso IX.
Posteriormente, hubo otras
celebradas en esa ciudad, pero ya con el Reino de León unido definitivamente al de Castilla,
pues, a la muerte de Alfonso IX, en 1230, heredó los dos reinos su hijo,
Fernando III el Santo.
Volviendo a nuestro tema de hoy,
parece ser que Alfonso IX, que era hijo de Urraca de Portugal, primera esposa
de Fernando II de León, siempre tuvo problemas con su madrastra, Urraca López
de Haro, segunda esposa de su padre. Lógicamente, ésta preferiría ver en el
trono a su hijo Sancho, que a Alfonso.

No obstante, en cuanto se enteró
de la muerte de su padre, regresó inmediatamente, para ser reconocido como rey,
aunque sólo tuviera 17 años. Ya se sabe que antes la gente vivía menos años que
ahora y tenían que darse mucha prisa para hacer lo que querían.
Así que, como su madrastra
continuaba dando la lata, Alfonso se vio
obligado a convocar de forma inmediata la llamada Curia Regia, que fue la
primera convocatoria a Cortes, por acudir los 3 estamentos, como ya he dicho anteriormente.
Se reunieron en el claustro de la Real Colegiata de San Isidoro, en León. Otros
dicen que la reunión se celebró en el atrio del citado templo.

Los representantes de los
municipios solían llamarse personeros, hombres buenos o mandaderos. Pero era
más común llamarles procuradores y se dedicaban, como deberían de hacer los
parlamentarios de hoy en día, a defender los intereses de sus representados.
Para su nombramiento se podían
utilizar los procedimientos del turno, el sorteo o la elección entre los
vecinos. A veces, el rey podía sugerir el nombramiento de alguno de ellos.
Una vez elegido, se le daba, en su ciudad, un
cuaderno con unas instrucciones muy precisas, de las que no debía apartarse lo
más mínimo.

El sueldo de los procuradores era
sufragado por sus vecinos o, en las villas más pobres, por el Tesoro Real.

En las Cortes de 1188 obtuvieron
del rey, que tendría la obligación de consultar con las Cortes, antes de tomar
decisiones en política exterior. Aparte de eso, consiguieron una serie de medidas
de salvaguarda para evitar los abusos del poder contra las personas y los
bienes de las mismas. Por eso, hay quien la llama la Carta Magna leonesa.
Con esto, ratificaron los fueros
otorgados por Alfonso V de León y avanzaron con nuevos derechos a favor de los súbditos
del reino. Se puede decir que fue una especie de constitución.
A estas Cortes acudieron
procuradores representando a los municipios de los territorios que formaban el
Reino de León. O sea, León, Galicia, Asturias y Extremadura.

Fue la primera vez que los
miembros de la plebe pudieron tener la oportunidad de tomar decisiones en un
reino junto con el clero y la nobleza.

El Ordenamiento de las Cortes de
León, de 1188, es más antiguo que la Carta Magna inglesa, la cual data de 1215.
Tras ese Ordenamiento surgieron
multitud de normas posteriores, como
los Fueros, las Cartas Pueblas, las
Partidas, etc. Todo ello, estuvo vigente, incluso en América, hasta 1850.
Entre otras cosas, Ordenamiento
de León castigaba la delación sin tener pruebas suficientes, así como que los
jueces y alcaldes negaran justicia a un demandante y, por ello, tendrían la
obligación de pagarle una indemnización.
También se regularon derechos tan
importantes como la inviolabilidad del domicilio y del correo, la obligación
del rey antes de declarar la guerra o la paz y otros muchos derechos.
Los Decreta de 1188 se organizan
en 17 estatutos o decretos, ratificados por el rey Alfonso IX de León, justo en
el primer año de su reinado, que sirvieron para preservar la paz en su reino y aportar nuevos ingresos a las arcas del rey.

Como ya he dicho anteriormente,
unos años después, otros reinos, como Aragón o Inglaterra, copiaron la idea de Alfonso
IX e invitaron a los representantes de las ciudades a participar, mediante sus
respectivos parlamentos, en las tareas de gobierno.
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