viernes, 22 de julio de 2022

EL JUICIO DE RESIDENCIA

 

Ahora que vemos todos los días que nuestros políticos hacen y gastan lo que les da la gana, sin que haya nadie que pueda impedirlo, me gustaría informaros de que eso no fue siempre así y que ya en la Castilla medieval había instrumentos legales para impedirlo. Por eso, voy a hablar del juicio de residencia.

Ciertamente, el juicio de residencia fue un procedimiento legal que existía en el Derecho castellano, sin embargo, donde más se puso en práctica fue en el Derecho de Indias, porque los reyes querían tener muy controlados a los funcionarios que enviaban a ultramar, ya que no podían vigilarlos de cerca.

Parece ser que sus antecedentes proceden de las Siete Partidas, promulgadas por Alfonso X el Sabio. Aunque otros afirman que ya existía en el Derecho Romano.

Precisamente, ya en 1500, los Reyes Católicos promulgaron la Instrucción de Corregidores y Jueces de residencia, donde daban unas instrucciones muy precisas para combatir la corrupción de los cargos públicos.

Lo definían como “la cuenta que se tomaba de los actos cumplidos por un funcionario público al final del desempeño de su cargo”.

Realmente, con el juicio de residencia no se intentaba proteger, exclusivamente, los intereses de la Corona, sino también los de los particulares, que se sintieran agravados por las actuaciones de ese cargo público.

Antes de iniciar un juicio de residencia se proclamaba éste por medio de pregoneros a fin de que cualquier persona, que tuviera una queja contra el procesado, pudiera comparecer ante el tribunal. A la vez, el procesado tenía que presentar una fianza para pagar una posible condena.

El juicio tenía dos partes. Una secreta, donde se debatían los temas de interés de la Corona. Otra pública, donde se escuchaban todas las quejas de los particulares contra ese cargo público. Después el procesado podía presentar pruebas para su descargo.

También se escuchaban las declaraciones de otros funcionarios, para el caso de que el procesado pudiera ser premiado por su labor. Algo que me resulta un poco difícil, pues los jueces de ese proceso solían ser lo que les iban a sustituir en el cargo.

Parece ser que los jueces solían prestar más atención en estos cuatro puntos: si no ha pagado ropa o posada, si ha cobrado por otro lado, si ha ejecutado las sentencias y si ha cumplido todas las órdenes recibidas y las leyes en vigor.

Por ello, ya en 1501, ordenaron a Nicolás de Ovando que procediera con el juicio de residencia contra su antecesor en el cargo de gobernador de las Indias, Francisco de Bobadilla.

En 1524 se creó el famoso Consejo Supremo de Indias, compuesto por 20 miembros y que tenía el mismo rango que los otros que ya tenía la Corona española.

En 1571, Felipe II dictó las ordenanzas definitivas para los juicios de residencia. En un principio, el Consejo de Indias, solía enviar a sus representantes a América a fin de inspeccionar el trabajo de los cargos públicos, mientras tenían ese cargo. Sin embargo, desde 1575, se optó por realizar ese procedimiento cuando dejasen ese puesto.

Poco a poco, el Consejo de Indias fue acaparando competencias de todo tipo, teniendo una legislación propia, algo diferente a la de Castilla.

La verdad es que esta gente no se paró en barras. El procedimiento se denominaba “residenciar” y, por medio de él, llegaron a residenciar hasta a los cargos públicos ya fallecidos. No perdonándoles, si tenían alguna deuda con Hacienda y cobrándosela a sus herederos.

El rey sólo elegía a los jueces de residencia para los virreyes. Sin embargo, el Consejo de Indias elegía a los jueces del resto de los residenciados, porque todos los cargos públicos eran investigados al final de su mandato.

Se llamaba residenciar, porque, durante el tiempo que durasen esos trámites, obligaban al residenciado a no poder cambiar de residencia.

Durante el reinado de Carlos IV se suprimieron esos juicios para alcaldes y corregidores. Sin embargo, perduraron para el resto de los cargos públicos.

Uno de los primeros residenciados fue Diego Colón, hijo y heredero del cargo de Cristóbal Colón. Aunque salió airoso, parece ser que siguió sometido a la vigilancia de los representantes del rey.

El propio Hernán Cortés fue residenciado en dos períodos, que fueron desde 1529 a 1535 y donde se escucharon las declaraciones de numerosos testigos de cargo.

Lo mismo le ocurrió al conquistador Pedro de Alvarado, que fue residenciado desde 1536 hasta su fallecimiento, en 1541.

Curiosamente, Pedro Arias Dávila (Pedrarias), gobernador de Nicaragua, consiguió ser absuelto en dos juicios de residencia, aunque no quedó demasiado claro que fuera inocente.

Sin embargo, como se llevaba muy mal con Vasco Núñez de Balboa, le ordenó a Francisco Pizarro, que lo llevase ante él para un juicio de residencia. Cuando llegó, se encontró con que Pedrarias le acusó, junto a sus oficiales, de querer fundar una especie de Estado e independizarse de la Corona española, lo cual era falso. No le dieron muchas oportunidades de defenderse y fue condenado a muerte. Siendo los 5 decapitados en una localidad de la actual Panamá.

Ciertamente, las penas por el juicio de residencia, aunque eran muy duras, nunca llegaron a ese extremo. Normalmente, los condenados eran castigados a fuertes multas o a penas de cárcel e, incluso, podían ser inhabilitados, de forma temporal o permanente, para otros cargos públicos.

Un caso muy curioso fue el del virrey de Nueva Granada, José Solís Folch de Cardona, el cual accedió a ese cargo con sólo 37 años. Parece ser que el Consejo de Indias le tenía echado el ojo, sin embargo, este personaje gozaba de la amistad de Fernando VI.

Así que, en cuanto murió ese monarca, supongo que Solís se vería perdido y, antes de que lo residenciaran, se metió a fraile franciscano.

Eso me recuerda a lo que decían del duque de Lerma: “Para no morir ahorcado, el mayor ladrón de España, se vistió de colorado”. Se referían a que compró un cargo de cardenal, para no poder ser procesado por las autoridades civiles.

De esa forma, el poder de la Real Audiencia, o sea, el judicial, llegó a ser el más importante de todos en América. Parece ser que tenía atemorizados a todos los cargos públicos por estar sujetos al juicio de residencia o, incluso, la visita, si se les investigaba mientras estaban en el cargo.

Parece ser que no se libraba nadie. Incluso, hay un caso en que el rey Carlos III está muy contento por la forma de administrar de uno de sus virreyes. Sin embargo, no accedió a dispensarlo del juicio de residencia, para no crear un peligroso precedente.

Curiosamente, en España, en 1812, se suprimieron los juicios de 

residencia, tras la promulgación de la Constitución de Cádiz. No obstante, se siguieron haciendo otros en los últimos territorios españoles (Cuba, Puerto Rico, Filipinas), pero con un tratamiento mucho más suave hacia los procesados.

Sin embargo, en algunos de los nuevos Estados, que se independizaron de España, continuaron hasta mediados del siglo XIX.

Hay muchos que opinan que estos juicios de residencia sirvieron, aparte de para condenar a los corruptos, también para mejorar la administración en los territorios de ultramar.

También se podría decir que fueron un instrumento democrático, pues hasta el más modesto de los indios podía personarse en uno de estos juicios, incluso, contra el todopoderoso virrey de cualquiera de aquellos territorios. Por el contrario, también se podían personar para elogiar su labor de gobierno. O sea, igualito que ahora.

En caso de ser condenado, el enjuiciado podía apelar al Consejo de Indias, el cual podía ratificar o anular su condena.

Durante el tiempo que durase el juicio de residencia, el enjuiciado, aparte de no poder abandonar su lugar de residencia, tampoco podía obtener otro cargo público.

En fin, un eficaz instrumento de control de los cargos públicos nombrados por el Gobierno español, que, según mi opinión, debería volver a tener vigencia para controlar a los políticos que gobiernan ahora España. No me refiero sólo al Gobierno central, sino a todos los niveles de la Administración Pública.

 

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jueves, 14 de julio de 2022

LA CURIOSA TRAYECTORIA DE ÁNGEL OSSORIO Y GALLARDO

 

Hoy voy a dedicar este artículo a narrar la curiosa vida de un político, que fue muy famoso en su época y del que hoy no se acuerda casi nadie.

Ángel Ossorio y Gallardo nació en 1873, en el madrileño barrio de Lavapiés. Su familia era modesta, aunque tenían una buena formación. Su padre fue el periodista Manuel Ossorio y Bernard. Igual su nombre no os dirá mucho. Sin embargo, seguro que este poema le llevará a más de uno a recordar lo aprendido en la escuela durante su infancia:

“Con esta ametralladora,

dice el sabio Sisebuto,

mil disparos por minuto

y sesenta mil por hora

¡Qué gloria será la mía

si esta máquina potente

llega a matar buenamente

un millón de hombres al día!

Proclamarán la bondad

en las más remotas tierras

y así se acabarán las guerras

y también la Humanidad.

(Manuel Ossorio y Bernard)

Ángel Ossorio estudió Derecho en Madrid, licenciándose en 1893. Así que, como no había alcanzado la mayoría de edad y no podía ejercer, empezó como pasante de abogados. También colaboró en muchos periódicos, algo que siguió haciendo durante toda su vida.

Posteriormente, cuando ya pudo dedicarse a la abogacía, empezó defendiendo a los clientes con pocos recursos. Su buena labor en los tribunales hizo que fuera alcanzando la fama y llegara a ser considerado uno de los mejores abogados de España.

Evidentemente, los partidos políticos del momento se apresuraron a fichar a un personaje que tenía esa capacidad de convencer a los miembros de los tribunales de Justicia.

Así que, entre 1899 y 1903 fue concejal del Ayuntamiento de Madrid. En 1903 fue fichado por el Partido Conservador, quedando bajo la protección de Antonio Maura. De esa manera, en 1903, obtuvo su primer escaño en las Cortes y lo conservó nada menos que durante 20 años seguidos.

En 1907 fue nombrado gobernador civil de Barcelona. Dos años después, tuvo lugar en esa ciudad la infame Semana Trágica.

Como siempre tuvo un espíritu muy independiente, se negó a utilizar al Ejército para reprimir a las masas obreras, tal y como le había ordenado el Gobierno. Así que dimitió de su cargo.

En 1913, cuando se ponía en duda el liderazgo de Maura en su partido, él fomentó una escisión en el mismo, apoyando a su mentor. Su ideal político seguía siendo el de un católico, monárquico y nacionalista o, más bien, patriota. También fue muy crítico con las juntas militares.

En 1919, llegó a ser, por muy breve tiempo, ministro de Fomento, en otro de los varios gobiernos, que presidió Maura.

Posteriormente, fundó un partido de tipo democristiano. Sin embargo, también lo dejó, cuando la directiva del mismo optó por colaborar con la dictadura del general Primo de Rivera. Aunque parezca mentira, otro de los partidos que colaboró con el dictador fue el PSOE.

Ossorio no se metió demasiado con la dictadura, hasta que, en 1928, el general quiso redactar una especie de Constitución, inspirada en la de Italia, para quedarse en el Gobierno.

Esa fue la gota que colmó el vaso. Así que fundó una editorial en la que publicaba libros, donde ya criticaba abiertamente al régimen.

Aunque seguía considerándose monárquico, pidió la abdicación del monarca, por su complicidad con la dictadura y la proclamación de su heredero como nuevo soberano.

En 1930, tras el fallido intento de golpe de Estado de la guarnición militar de Jaca, asumió la defensa de Alcalá Zamora y de Miguel Maura. Consiguió que les condenaran a unas penas muy leves, por lo que, inmediatamente,  fueron puestos en libertad.

En aquel momento, Ossorio se hallaba enfrentado a la derecha y a los monárquicos, por no haber sabido gobernar España. También se enemistó con la Iglesia.

En 1931, fue elegido diputado, como independiente, a las Cortes Constituyentes republicanas. Fue uno de los encargados de elaborar un anteproyecto de la Constitución y luego asesoró a los diputados en los debates parlamentarios.

No obstante, su anteproyecto fue rechazado, porque el mismo Gobierno lo consideró demasiado moderado. Así que le encargaron la redacción de un nuevo anteproyecto al catedrático de Derecho Penal y diputado socialista, Luis Jiménez de Asúa. Tras el correspondiente  debate parlamentario, ese texto fue el elegido para su promulgación como Constitución de 1931.

Dado su carácter independiente, criticó algunas de las leyes, emanadas del Gobierno republicano, como la de la defensa de la República o la religiosa. Aunque luego las acató por haber sido aprobadas por las Cortes.

Curiosamente, no le gustó nada que la derecha ganase las elecciones de 1933 y la posterior llegada al poder de la CEDA. A propósito de esto, dijo que los cedistas eran unos monárquicos, que sólo pretendían llegar al poder para cargarse la II República. Algo parecido pensaba Azaña.

Tampoco le gustaban mucho los socialistas, porque decía que ansiaban tener todo el poder para cambiar completamente el país. Algo que, en su opinión, no era nada bueno. Parece ser que él veía que se iban eliminando a las fuerzas de centro de uno y otro lado, dejando el paso libre a los radicales de derecha e izquierda.

Contra todo pronóstico, dijo comprender las razones de los mineros para rebelarse en Asturias y las de la sublevación de la Generalitat de Cataluña, aunque también criticó la labor del primer gobierno republicano, porque decía que había promulgado algunas leyes más propias de una dictadura.

Precisamente, asumió la defensa de Lluís Companys y consiguió que la petición de pena de muerte realizada por el fiscal encargado del caso, se quedara en 30 años de prisión. Luego todo el Gobierno de la Generalitat fue amnistiado en 1936. Por el mismo caso, también llevó la defensa de Manuel Azaña y consiguió su libre absolución.

Incluso, consiguió que el Tribunal de Garantías Constitucionales declarase ilegal la suspensión del Estatuto de Cataluña. Parece ser que siempre fue favorable a las autonomías, pero no a los separatismos.

Parecía tener unas opiniones un tanto extrañas. Donde la mayoría de sus contemporáneos veía a un Gobierno desbordado por el desorden público, en cambio, él veía que la calle estaba perfectamente controlada por las fuerzas policiales. Igual no se enteró que todos los días se producían enfrentamientos a tiros y quemas de iglesias y conventos. Incluso, le pareció de lo más normal el asesinato de Calvo Sotelo.

Con la llegada de la guerra civil, apoyó al gobierno del Frente Popular. Éste lo envió como embajador a varios países, como Bélgica, Francia y Argentina. Aunque, previamente, fue el representante español ante la Sociedad de Naciones.

Ciertamente, nunca fue un buen diplomático, porque sostenía unas opiniones algo radicales. Sin embargo, me da la impresión de que, como varios miembros del Gobierno le debían haberlos librado de la cárcel, es posible que le devolvieran el favor enviándole al extranjero. No olvidemos que Ossorio siempre fue una persona que presumía de católico y eso era algo muy peligroso en la zona republicana.

No sé si, en ese momento, sus opiniones se deberían a su condición de diplomático. Lo cierto es que dijo que no existía el llamado terror rojo en Madrid y encontraba justificada la represión contra el clero en la zona republicana. Incluso, respaldó la labor de los sanguinarios tribunales populares.

Además, se llegó a meter con la prensa, porque, según él, muchos periodistas estaban dando una versión falsa de la guerra civil.

Evidentemente, también se metió con los que, en su opinión, habían propiciado la guerra civil. O sea, los señoritos, los militares y los clérigos.

Una de sus muchas frustraciones fue cuando dijo que los catalanes pararían a las tropas de Franco. Sin embargo, en cuanto las tropas nacionales pisaron el suelo de esa región, miles de combatientes republicanos salieron huyendo, para no tener que enfrentarse a ellos.

Incluso, la Generalitat llegó a decretar que todas las armas fabricadas en Cataluña se quedasen allí y no fueran entregadas al Gobierno republicano. Algunos dicen que ese fue uno de los motivos por los que el Gobierno republicano se trasladó a Barcelona.

En lo que no se equivocó Ossorio fue cuando dijo que, si los nazis y fascistas eran derrotados en España, no intentarían invadir otros países. De lo contrario, correría la sangre por toda Europa.

En Argentina fue donde le pilló el final de la guerra civil y ya nunca regresó a España. En 1945 llegó a ser nombrado ministro sin cartera, en un gobierno republicano en el exilio, presidido por Giral.

Falleció al año siguiente. Su cadáver fue enterrado en un cementerio de Buenos Aires.

Me llama la atención que este personaje, que siempre se definió como un monárquico conservador, tras la llegada de la II República, apoyó a los partidos y sindicatos de izquierda. Incluso, siendo monárquico, llegó a aceptar un puesto de ministro en un gobierno republicano en el exilio.

Lógicamente, tras su muerte, ninguno de los dos bandos enfrentados quiso reivindicar su memoria, porque nunca lo consideraron uno de los suyos.

Parece ser que solía decir: “Soy un hombre, que se ha pasado la vida en un descansillo de escalera, llamando en la puerta de la derecha y a quien han abierto siempre la de la izquierda”.

 

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